1. Contrato indefinido
Aquel que no tiene límites de tiempo en la prestación de servicio, es decir, duración del contrato. Podrá ser verbal o escrito y podrá celebrarse a jornada completa, parcial o servicios fijos discontinuos.
2. Contrato temporal
De duración determinada podrá celebrarse por circunstancias de la producción o por sustitución de trabajadores. Este contrato podrá celebrarse a jornada completa o parcial, se formalizará por escrito, podrá ser verbal si la duración del contrato por circunstancias de la producción sea menor a 4 semanas y la jornada completa.
3.Contrato de formación en alternancia.
Su objetivo es compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en la formación profesional, estudios universitarios o del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo.
4. Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional
El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación objeto del contrato. La empresa elaborará el plan formativo individual en el que se especifica el contenido de la práctica, y asignará tutor/a que cuente con formación o experiencia adecuada para el correcto cumplimiento del objeto del contrato.
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